El Ayuntamiento de Sagunto recoge en sus Ordenanzas fiscales los beneficios fiscales a los que usted se podrá acoger al instalar su empresa en nuestra ciudad. Estas actuaciones tienen la finalidad de facilitar a las PYMEs su implantación, crecimiento y consolidación.

IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO) Ordenanza fiscal

Bonificaciones en la cuota del impuesto:

  • Bonificación entre un 10% y un 40% por declaración de especial interés o utilidad municipal por fomento del empleo. Estos porcentajes pueden ampliarse en hasta un 40% al contratar trabajadores empadronados en el municipio de Sagunto. (Art. 6).
  • Bonificación en un 90% para las construcciones, instalaciones y obras destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas.
  • Bonificación de un 70% a favor de las construcciones, instalaciones y obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo.

 

IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IAE) Ordenanza fiscal

Exención del impuesto:

En los supuestos recogidos en el art. 2 de la Ordenanza fiscal.

Bonificaciones Obligatorias (art.6):

  • Bonificación del 95% de la cuota para las Cooperativas, sus Uniones, Federaciones y Confederaciones, así como las Sociedades Agrarias de Transformación.
  • Bonificación del 50% de la cuota para nuevas empresas durante los cinco años de actividad siguientes a la conclusión del segundo periodo impositivo de desarrollo de la misma.

Bonificación por creación de empleo (art.7):

Hasta el 50 % de la cuota por incrementar plantilla de trabajadores con contrato indefinido.

 

TASA POR LA INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN ACTIVIDADES ECONÓMICAS EJERCIDAS EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS O INSTALACIONES Ordenanza fiscal

Bonificación de hasta un 50% en los supuestos enumerados en el art. 6 de la Ordenanza.